¿Qué es Tarjeta de crédito, débito, prepago, monedero?
Tarjeta de crédito
Medio electrónico a través del cual se pueden efectuar pagos, los cuales son normalmente diferidos a un mes. Este tipo de servicio le permite utilizar al cliente dinero prestado de manera automática por parte de la entidad bancaria, la cual a su vez cobra tarifas por el dinero utilizado.
Tarjeta de débito
Medio electrónico mediante el cual se pueden realizar pagos y acceso a servicios utilizando como garantía el fondo acumulado que tenga el cliente en una entidad bancaria. Esta tarjeta también permite retiros automáticos en cajeros.
Tarjeta de pago aplazado
Consiste en la tarjeta de crédito con la cual la persona titular puede diferir el costo de los pagos a varios meses, por los cuales tendrá que pagar intereses bancarios extra.
Tarjeta de prepago
Medio electrónico que sirve para cubrir pagos de un servicio determinado, como lo son los servicios de telefonía móvil, por citar un caso. Esta tarjeta es emitida por la misma entidad prestadora del servicio y supone un pago anticipado de los servicios que se utilizarán hasta que concluye su límite.
Tarjeta monedero
Medio electrónico que es usado para el pago de pequeñas cantidades de dinero. Posee un chip que se carga previamente con una cantidad determinada de dinero. Esto suele hacerse a través de cajeros automáticos. En cuanto se acaba el sado, es necesario volver a recargarlo.
Tasa anual equivalente (TAE)
Interés que establece el coste o rendimiento efectivo que supone un producto financiero. El TAE se logra calcular siguiendo una fórmula matemática normalizada en la cual se tiene presente el tipo de interés nominal de dicha operación, como también la frecuencia de pagos periódicos, las comisiones bancarias y otros gastos de la operación.
En lo relativo a los créditos, no se tiene en cuenta el cálculo del coste efectivo de algunos conceptos, como pueden ser los gastos que el cliente sea capaz de evitar en razón de las facultades que le otorga el contrato, los gastos del abono a terceros o los gastos por garantías o seguros, a menos que sea un seguro particular y que la entidad lo imponga como necesario para conceder del crédito.
Tasación
Tipo de cálculo de valor que se establece de un bien. Por ejemplo, ocurre cuando una vivienda es inspeccionada por un experto para así realizar una tasación oficial de su valor antes de realizar un contrato de préstamo hipotecario.
Tipo de interés
El precio mismo que tiene el dinero. Se sintetiza en la suma que se paga a cambio de obtener un préstamo de dinero, o bien, el que se recibe por el hecho de prestarlo, y el cual nace a su vez de un cálculo o porcentaje de la cantidad determinada.
Tipo de interés de referencia
Consiste en el interés que debe tomarse como referencia a la hora de calcular los tipos de interés que deberá pagarse en una operación financiera; normalmente se le añade un porcentaje diferencial. Un ejemplo de ello son los préstamos hipotecarios a los cuales se le aplica el Euribor más el tipo de porcentaje que maneja la entidad financiera.
Tipo de interés fijo
Operación financiera, como lo puede ser un préstamo hipotecario, que es efectuada a un tipo de interés fijo en el momento en que este se mantiene estable durante todo su tiempo de duración.
Tipo de interés legal
En el Código Civil, consiste en el interés aplicado para la indemnización de los daños y perjuicios en el momento que el deudor incurriese en el retraso del pago de sus obligaciones y al mismo tiempo que no se haya pactado un interés acordado.
Esto se establece en la Ley de Presupuesto Generales, tomando como referencia a la tendencia de los mercados financieros.
Tipo de interés nominal
Es el que se menciona tradicionalmente en los tipos de contratos en el que se establece el pago de intereses. Se distingue porque en éste no se realiza un descuento de la tasa de inflación. Por oposición consiste en el interés real al que se le descuenta la inflación.
Tipo de interés variable
Se habla de interés variable cuando en un préstamo se establece la revisión del interés de acuerdo a plazos determinados, como lo puede ser cada semestre o anualmente. Para acceder a esta revisión se crea un tipo de referencia, como lo puede ser el Euribor, donde la evolución a favor o en contra del interés se calcula en razón del incremento o reducción del pago de intereses. Titular
Persona que posee un documento jurídico y que recibe un derecho o la propiedad de algo. En el campo de las cuentas corrientes o de ahorro, es la persona a nombre de la cual se le ha creado un producto o servicio de la misma.
Titulización
Operación mediante la cual una entidad puede transformar un activo, o bien, un derecho de cobro no negociable como lo son los créditos hipotecarios de los clientes que pertenecen a una entidad. Al transformarlos se convierten en valores de renta fija, ya sean valores homogéneos o estandarizados. Por lo mismo, son susceptibles de poder negociarse en mercados de valores.
Transferencia
Movimiento o traspaso de fondos que ha sido solicitado por un cliente. Los fondos parten de su cuenta y se detienen en las de un beneficiario que puede ser de la misma u otra entidad bancaria. En ciertas ocasiones, esta transacción representa un cobro adicional a favor de la entidad que lo realiza.
Traspaso de efectivo
Movimiento o transferencia de dinero que ocurre entre cuentas de un mismo titular; cuentas que por lo demás se encuentran en entidades diferentes, razón por la cual la petición de transferencia se concreta mediante una orden escrita para que la entidad que recibe el dinero trasmita la petición en la entidad de la cual saldrán los fondos. En España, el importe máximo de este tipo de transferencias es de hasta €150.000 euros por día y por cuenta de cargo.
Truncamiento
Constituye la alternativa de transformar documentos originales en documentos informáticos, validando así su veracidad para validar una operación bancaria. En esencia se trata de un documento que la entidad tomadora remite a la entidad librada, de modo que la información importante sobre este sea percibida y autorice la operación, evitando así tener que prestar el documento original, el cual ha sido “truncado”, por este proceso.
Se pueden truncar documentos como pagarés de cuenta corriente, cheques o pagos domiciliados, los cuales son emitidos por un porte igual o inferior al estipulado “limite de truncamiento”.